El Estado tiene el deber de proteger al adulto mayor




Según la Constitución Política que nos rige desde 1991, Colombia es un Estado Social de Derecho, en el que se protege la dignidad humana y se garantizan los derechos fundamentales de todos los ciudadanos sin excepción alguna, privilegiando a aquellos sectores sociales más vulnerables. 

No obstante, el propósito fundamental de este sistema político –que es o debería ser el bienestar de todas las personas, realizando plenamente la posibilidad de vivir de modo digno garantizando derechos esenciales para la existencia humana como el acceso a un servicio de salud eficiente, democrático y al alcance de todos (sin considerar la situación económica)-, no se cumple, y las nuevas disposiciones del Ministerio de Salud, contrario a profundizar la democracia y generar bienestar colectivo, van en detrimento de los derechos ciudadanos y desconoce la imperiosa necesidad de entender la salud como un derecho fundamental y no una fuente de lucro para minorías.

El presupuesto de la nación –o el hueco fiscal- no puede ser excusa para limitar derechos e impedir que el Estado cumpla con su deber de garantizarlos. Todos sabemos que existen otras dependencias que si son susceptibles de recortes presupuestales, y que aquellos que se relacionan con la plena realización de un Estado Social de Derecho, como salud, educación, vivienda, infraestructura o investigación científica, reparación a las víctimas de la guerra e implementación del Acuerdo de Paz  deben ser priorizados y sus recursos aumentados. El Presupuesto General de la Nación debe servir para cumplir con las metas que el Gobierno se propuso en materia de inclusión social, equidad, justicia y superación de la pobreza y de toda forma de violencia.  

La estratificación en el acceso a la salud, establece que el valor de los seres humanos se determina de acuerdo a su capacidad adquisitiva, brindando así servicio de relativa calidad a quienes pueden costear una medicina prepagada (obligados igualmente a cotizar EPS aunque no hagan uso de ella), de menor calidad y con acceso restringido a clínicas y especialistas para quienes solo pueden costear una EPS y de pésima calidad con procesos engorrosos, dificultades para acceder a exámenes especializados, clínicas y hospitales y recibir atención oportuna cuando se está afiliado al sistema Sisben. Existe salud para ricos y salud para pobres; siendo siempre los más desamparados los adultos mayores y los niños; realidad que dista mucho de lo que plantea nuestra Carta Política y de lo que propone la realización de un genuino Estado democrático.

Un país de paz necesita del progreso de los sectores más vulnerables, y del diseño de políticas públicas audaces que contribuyan a superar toda forma de pobreza, exclusión y violencia social. La salud es un derecho fundamental, pues sin ella no es posible avanzar, trabajar, progresar ni acceder a las demás derechos que reconoce nuestra Constitución como fundamentales ni responder a los grandes desafíos que hoy enfrenta el país.

Excluir servicios médicos esenciales, mantener un sistema de salud excluyente y negar derechos a poblaciones vulnerables, como aquellos que se encuentran en la tercera edad, o negar que el ser humano padece enfermedades emocionales y psíquicas -no sólo físicas- derivadas de múltiples factores tanto humanos como sociales, es desconocer la naturaleza integral de ser humano y soslayar los efectos sociales, culturales, económicos y políticos de estas condiciones. 
Los adultos mayores por sus condiciones biológicas y sociales son considerados población vulnerable, la cual muchas veces se encuentra sometida a situaciones de enorme riesgo que se relacionan con sus recursos personales, económicos, el entorno familiar y comunitario, y con las pocas garantías que tienen, cuando adolecen de capacidad financiera para acceder a eficientes servicios de salud y alcanzar el buen vivir que el Estado colombiano tiene el DEBER de garantizar.

El sistema de Salud no puede negar el acceso a productos, medicamentos y servicios esenciales para garantizar una vida de calidad, productiva y sana para todos sus ciudadanos. Negar que el sistema debe financiar el acceso a productos esenciales como toallas higiénicas, papel sanitario, medicamentos, suplementos vitamínicos y terapias con animales –como perros y caballos– (cuyos beneficios han sido demostrados a nivel mundial) y desconocer el deber de promover la eficacia y transparencia en programas de educación especial, programas lúdicos y recreativos (en especial para una juventud sin oportunidades y en muchos casos proclive al consumo de drogas, el crimen y la violencia), servicios de circuitos cerrados de televisión para la seguridad ciudadana y, sobre todo,  negar el imperativo de garantizar la manutención, equipamiento y  protección de los hogares geriátricos para el cuidado y atención de nuestros abuelos y abuelas que ya no pueden valerse por sí mismos, es un grave retroceso democrático y social.

La protección social al adulto mayor en materia de pensiones, vivienda, atención y salud es base fundamental para la realización de un Estado Social. Por ello el gobierno colombiano en vez de debilitar el sistema de protección debería ratificar la “Convención Interamericana sobre los Derechos de las Personas Mayores” promulgado por la Organización de Estados Americanos mediante un documento vinculante que busca unificar criterios, garantizar los derechos de esta población vulnerable y defender los sistemas de supervisión y veeduría en relación con los avances de los Estados en el bienestar y la inclusión de la tercera edad.

¿Cómo erigir una sociedad en paz cuando se desconoce que los derechos de la tercera edad con inviolables y que estos, según la OEA, se soportan bajo dos premisas fundamentales: La responsabilidad intergeneracional -para garantizar la debida protección de las personas mayores por parte de la normativa y de la institucionalidad del Estado-, y el deber de la solidaridad a partir del reconocimiento social del valor intrínseco de la vejez, con acciones de inclusión, respeto, cuidado y acompañamiento?

No es deteriorando la calidad de vida de las personas como se avanza en la construcción de un estado más justo, humano y en paz; ni sacrificando servicios y medicamentos para que se ajusten a los criterios de una cuestionable la Ley Estatutaria de la Salud; es reformando dicha Ley y realizando los principios que dan sustento a un Estado Social como se construye una nación justa y democrática.

No es creíble el argumento del Ministerio de Salud, con el que quiere convencer a la opinión pública sobre estos retrocesos, que son los mismos pacientes que se verán afectados con esta decisión o las asociaciones de profesionales en salud, quienes avalan dicha disposición en contravía de los más elementales principios democráticos. El país sabe de la cantidad de tutelas que se presentan a diario para defender el derecho a la salud, y ha escuchado los duros pronunciamientos elevados por profesionales en medicina, quienes en más de una oportunidad han tenido que acudir a la movilización ciudadana para exigir garantías, trato justo y el cumplimiento de las disposiciones legales existentes.

Este proyecto de resolución en el que excluye del Plan Obligatorio de Salud (POS) y 44 servicios y medicamentos va en contravía de los mandatos de protección y promoción de asistencia a las personas vulnerables, en especial a los adultos mayores, consagrados en el artículo 46 de la Carta política, en la política nacional de envejecimiento y vejez definida en el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES 2793 de 1995) relativa a la seguridad social de las personas de mayor edad, y en la política nacional de envejecimiento y vejez 2007-2019 del Ministerio de la Protección Social.

En 2015, cuando fue sancionada la Ley 1751 (Estatutaria de Salud) por el presidente Juan Manuel Santos, se dio un plazo de dos años para remplazar el Plan Obligatorio de Salud (POS) por un mecanismo más eficiente que permitiera a los usuarios recibir del sistema de salud los servicios y medicamentos ordenados por el médico tratante, con algunas excepciones específicas. Contrario a ello el sistema se hizo más excluyente y difícil, engorroso y abusivo; por ello lo que urge es una reforma a la salud profunda, no simples modificaciones insubstanciales al marco normativo. 

La salud es un derecho fundamental, que se asimila como un sistema que busca la promoción de la misma, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la recuperación, la rehabilitación y los cuidados paliativos, y que debe ser garantizada por el Estado a todas las personas, sin distingo de ninguna clase. La salud más que un servicio es derecho autónomo.

La ley 1251 de 2008[1] dicta normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores, de modo que excluir la atención a Hogares Geriátricos, cuando deben ser priorizados, niega tanto la misma legislación nacional en esta materia, como los principios rectores de nuestro Estado. Negar financiación de estos asilos es un grave atentado contra la vida y bienestar de nuestros abuelos y abuelas. La alternativa no es desfinanciarlos; es ejercer control para que brinden un adecuado servicio, para que no se conviertan en negocios infames y para que a través de ellos, los millares de ancianos que se encuentran al margen de la seguridad social padeciendo precarias condiciones sociales y de salud, logren tener una vida digna, de bienestar y respeto.

El artículo 1 de la Ley 1251 afirma que su objetivo “es proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Nacional, la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, el Plan de Viena de 1982, los Deberes del Hombre de 1948, la Asamblea Mundial de Madrid y los diversos Tratados y Convenios Internacionales suscritos por Colombia”.

Un verdadero programa de Acción Social integral debe estar comprometido con el objetivo de modificar las circunstancias de carácter social que impiden al adulto mayor su desarrollo integral, protección física, mental y social, hasta lograr la incorporación a una vida plena de todas las personas que se encuentran en estado de necesidad, desprotección o desventaja física o mental, como afirma dicha Ley. Las estadísticas sobre personas de la tercera edad que son víctimas de violencia sicológica, física y financiera, negligencia, desatención y abandono en el país son estremecedoras. Y deberían servir para replantear las políticas actuales a fin de superar este estado de cosas inconstitucional.

Tal vez quienes promulgan las leyes y redactan proyectos de resolución, como este del Ministerio de Salud, no piensan en su vejez, ni se preocupan por ella; a lo mejor no tienen que hacer largas filas para recibir un medicamento del que depende su vida ni ver a un familiar sufriendo por una aterradora enfermedad que no pueden costear, o tal vez ni siquiera tienen que padecer las consecuencias de un sistema de salud entregado a las deplorables EPS;  pero nadie tiene el futuro asegurado, y nadie puede garantizar que mañana no sean parte de esos millones los colombianos y colombianas que no pueden costear sus tratamientos médicos o que se conviertan en alguno de esos abuelos que no alcanzaron a cotizar una pensión decorosa, y que desde la soledad, el miedo y el abandono, esperan que el Estado, su Estado, finalmente se acuerde de ellos y les garantice una verdadera inclusión social para una vejez digna y en paz.

Un estudio de ‘Misión Colombia envejece’ presentado hace dos años, reveló “que en Colombia la relación entre la tasa de pobreza en el total nacional y la que corresponde a los mayores de 65 años, aparte de representar más del doble de diferencia (19,51 por ciento tasa nacional y 44 por ciento la de las personas mayores de 65 años), es la más alta de todos los países de América Latina investigados”. (En El Tiempo; Las personas mayores de Colombia son las más pobres de América Latina. Sección Economía, septiembre 29 de 2015).

¿Si queremos un país de paz, progreso y del que podamos sentirnos orgullosos de legar a nuestros hijos, no es esta una las estadísticas más dolorosas que más urge revertir?




[1] Ver Diario Oficial No. 47.186 de 27 de noviembre de 2008

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