Colombia: el país dónde los niños son “máquinas de guerra”
“Cuando las cosas van
mal, siempre son susceptibles a empeorar”
Ley de Murphy
Por Maureén Maya
Sierra
El senador Iván Cepeda denunció la muerte de cuatro
menores de edad en un bombardeo contra el frente de guerra occidental del ELN
en zona del litoral San Juan, Chocó. No es la primera vez que muere un menor en
un bombardeó en este lugar de pacífico colombiano ni será la última vez que
ocurra en el país, mientras impere una política de guerra y tierra arrasada
contra quienes, en lugar de protección, reciben trato de objetivos militares.
Las organizaciones ‘Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes al
conflicto armado en Colombia’ (Coalico) y ‘Save the Children
Colombia’, rechazaron los hechos, alertaron sobre un aumento en el número de
casos, e insistieron en que los niños, siempre y en todo momento, deben ser
protegidos y sus derechos plenamente garantizados, sin excepciones.
La historia no es nueva en Colombia, desde hace años
se repite, y bajo este gobierno se pueden citar varios casos. En la noche del
jueves 29 de agosto de 2019, dos aviones Súper Tucano, que habían despegado de
la base de Apiay, en el Meta, con rumbo a la vereda Candilejas, zona rural de
San Vicente del Caguán, Caquetá, bombardearon un campamento móvil de la
disidencia del frente séptimo de las FARC, liderado por Rogelio Bolívar
Córdoba, alias ‘Gildardo Cucho’. Luego de que el presidente Duque declarará
ante los medios que se trató de una operación impecable, el país supo que habían
muerto ocho o doce menores, entre ellos Diana Medina, de 16 años de edad,
reclutada a la fuerza en la vereda Pringamoso (la cifra total nunca de confirmó).
También se supo que los altos mandos militares y el ministro de Defensa tenían
conocimiento de la presencia de los niños en aquel campamento. Cinco días
después, el ministro Guillermo Botero, fue citado a debate de moción de censura
en el Senado. Ni el supuesto blindaje jurídico que argumentó para justificar el
bombardeo ni “haber seguido los parámetros que rigen la doctrina militar colombiana” ni contar
con el apoyo del jefe de Estado o haber sorteado con relativo éxito tres
fuertes escándalos internacionales (uno de ellos por el asesinato del
excombatiente Dimar Torres a manos de militares en servicio, y sobre el cual
ofreció una versión falsa al país), fueron suficiente. Un día después del
segundo llamado a moción de censura el 5 de noviembre, el ministro renunció. Y
cayó bien parado. Duque lo nombró, tiempo después, embajador en Chile.
El 2 de marzo de 2021, el periodista Hollman Morris denunció
la muerte de aproximadamente 14 menores de edad en
un bombardeo contra un campamento de fuerzas disidentes al mando de Miguel
Botache, alias ‘Gentil Duarte’, en la vereda Buenos Aires de San José del
Guaviare, en el sur amazónico del país. El
recién posesionado ministro de Defensa, Diego Molano, además de negarse a
confirmar las denuncias, justificó el operativo calificando de "máquinas
de guerra" a los menores reclutados por la guerrilla. De este modo, al crimen
de guerra del reclutamiento forzado, según la legislación nacional y el propio
Estatuto de la Corte Penal Internacional, se sumó el asesinato de niños
víctimas del conflicto que según el Derecho Internacional Humanitario debían
ser rescatados por el Estado en vez de bombardeados y presentados, en el mejor
de los casos, como “daños colaterales”. El acto de indolencia e inmoralidad por
parte de quien fuera, una década atrás, director general del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), entidad responsable de proteger a la
infancia en situación de abandono, vulnerabilidad y maltrato, y garantizar sus
derechos, dejó al país sin aliento. Dos meses después, luego de una jornada de
protestas ciudadanas durante un Paro marcado por la extralimitación en el uso
de la fuerza por parte de agentes de la policía nacional, (en ese momento se
contabilizaron más de 1.500 casos de abuso policial, 41 homicidios de
manifestantes, 109 desaparecidos, 10 víctimas de violencia sexual y más de 800
detenidos arbitrariamente)[1],
la cámara de representantes citó a debate de moción de censura al ministro
Molano. Con 36 votos a favor y 109 en contra la moción se hundió el primero de
junio y el ministro, luego de justificar lo injustificable desde la ética y el
humanismo, salió del recinto alzado en hombros por la mayoritaria bancada
gobiernista. Cuatro días atrás, el senado había hecho lo
propio al ratificarlo como jefe de la Defensa Nacional con 69 papeletas contra
la moción y el voto a favor de 31 legisladores.
Tras esta ratificación, a nadie pareció importarle lo
ocurrido el 5 de julio de 2021. Las Fuerzas Armadas ejecutaron un operativo
contra las disidencias de las FARC, lideradas por Iván Márquez, en la vereda La
Esperanza, San Vicente del Caguán, Caquetá, sobre el campamento de alias el ‘Loco
Ferney’, llamado la “Segunda Marquetalia”. El bombardeo contó con seis aviones
Super Tucano y el apoyo de varias unidades de las Fuerzas Especiales del
Ejército. La defensoría del pueblo informó sobre la muerte de un adolescente de
17 años, perteneciente al resguardo indígena Altamira; se llamaba Yeison Stiven
Yule Pequi y al parecer había sido reclutado contra su voluntad.
La historia se repite una vez tras otra
‘El objetivo es el objetivo y nada más importa’,
parece ser el lema de las FFMM, que el pasado 16 de septiembre, con los radares
y la mira puestos en el guerrillero del ELN, Ogli Ángel Padilla Romero, alias
‘Fabián’, llevaron a cabo una operación tipo ‘Beta’[2]
en el litoral de San Juan, Chocó para acabar con su vida (o neutralizarlo como
dicen los militares). La misma inteligencia militar que informó sobre su ubicación
también tuvo que estar al tanto sobre la presencia de menores de edad, víctimas
de reclutamiento forzado en ese campamento, pero ello no detuvo el operativo. En medio de la ofensiva militar murieron cuatro
menores de edad, —tres niños de 17 años y una niña de 13 años—, según reportes
de Medicina Legal. No era la primera vez que se adelantaba una ofensiva de esa
magnitud contra el ELN en esta zona del Chocó y que entre las víctimas se contaban
menores de edad. En enero de 2018 en desarrollo de una operación tipo 'Alfa'[3]
una niña indígena, de 16 años, resultó gravemente herida y falleció horas
después. “La menor de 16 años llegó a Litoral de San Juan tras el bombardeo,
que sucedió en una zona rural del municipio, con los brazos amputados. El
comandante de las Fuerzas Militares, el general Alberto Mejía, aseguró que la
menor había sido reclutada por el Ejército de Liberación Nacional.
El bombardeo, que tenía como objetivo a dos cabecillas
de esa guerrilla, despertó las quejas de las comunidades indígenas vecinas, que
denunciaron que el ataque generó el desplazamiento de sus integrantes”[4].
En esa oportunidad, el general Mejía también declaró, como hoy lo hace el
ministro de Defensa, que el bombardeo cumplió con todos los protocolos.
Para el presidente Duque, el Ejército Nacional actúa
bajo los protocolos internacionales vigentes sobre este tipo de operativos que
se realizan contra grupos criminales. Pero para el Derecho Internacional
Humanitario (DIH), no es legítimo bombardear un sitio donde se encuentren
menores de edad, puesto que los niños son sujetos de especial protección, no
pueden ser reclutados por las fuerzas armadas ni por los grupos armados
ilegales, y jamás deben participar en las hostilidades. El Estado tiene la
obligación de garantizar sus derechos y debe tomar todas medidas a su alcance
para protegerlos y brindarles seguridad, vida y dignidad.
En una entrevista publicada por el diario El Tiempo, a
propósito del bombardeo en el Guaviare a principios de 2021, Jorge Restrepo,
director del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (CERAC) declaró
que estas “acciones deben tener en cuenta que exista un peligro o riesgo
inminente contra la seguridad de la población civil y se debe garantizar que se
extremen las medidas de precaución para asegurarse que no existan menores de
edad forzosamente reclutados por el grupo armado. […] Frente a la posible
presencia de menores reclutados pudo haberse optado por otras modalidades
militares (el despliegue de tropas en terreno, el uso de francotiradores) que
han sido usadas para asestar otros grandes golpes a los jefes de los grupos
armados”[5].
En las directivas militares existe la posibilidad de
abortar una operación cuando las condiciones indican cambio en la ubicación del
objetivo, riesgo de fracaso del operativo o cuando el principio de distinción señala
riesgo de la población civil o presencia de menores y civiles. “A toda
operación de bombardeo la precede una serie de verificaciones de inteligencia
que, llegado el momento, tienen un análisis operacional y jurídico por expertos
de la FAC. La evaluación de un daño colateral siempre está presente, y
dependiendo del riesgo de afectación a la población civil (de nivel medio hacia
arriba), crece la posibilidad de abortar una misión. En las operaciones más
sensibles se usan las bombas inteligentes, que son guiadas electrónicamente y
cuya precisión se acerca al 100 %.
[…] En toda operación de bombardeo participa un avión
de inteligencia de los que tiene en servicio la Fuerza Aérea y que graba toda
la operación y entrega información en tiempo real sobre los movimientos en
tierra del objetivo y de terceros en la escena. En esas misiones se usan naves
como la King Air 300, Vampiro SA 2-37 B, Citation lV SR-560 y Merlín”[6].
Un caso emblemático de responsabilidad del Estado en
el desarrollo de un bombardeo, es el conocido como la “Masacre de Santo
Domingo” ocurrida el 13 de diciembre de 1998 en el marco de un operativo
militar de las fuerzas armadas colombianas. “Un helicóptero militar lanzó un
dispositivo Clúster de tipo AN-M1A2 compuesto por granadas o bombas de
fragmentación AN-M41A sobre la calle principal del caserío de Santo Domingo,
Arauca, asesinando a 17 personas, incluyendo niños y niñas, y dejando 27
heridos. El mismo día muchas personas tuvieron que abandonar sus residencias y
movilizarse al corregimiento de Betoyes en el mismo municipio del Tame. Además,
la Fuerza Aérea Colombiana realizó ametrallamientos desde las aeronaves contra
personas que iban en dirección opuesta al caserío. El Tribunal Contencioso
Administrativo estableció la responsabilidad del Estado y fueron condenados
tres autores materiales[7]”.
El caso también fue llevado a la justicia internacional. En noviembre de 2011
la Corte IDH condenó al Estado por estos hechos, al considerar que “debido a la
precisión limitada del dispositivo utilizado, el lanzamiento del mismo en el
casco urbano del caserío de Santo Domingo o cerca de ahí, era contrario al
principio de precaución reconocido por el DIH, lo que le permitió a la Corte
declarar la responsabilidad del Estado por la violación del derecho a la vida,
en perjuicio de personas fallecidas en el caserío de Santo Domingo, así como
del derecho a la integridad personal en perjuicio de las personas que
resultaron heridas”. Según el organismo interamericano, las pruebas técnicas
avaladas por Cortes colombianas fueron suficientes para concluir que fue la
bomba Clúster (racimo) lanzada por la Fuerza Aérea, y no una bomba de las Farc,
la que provocó la tragedia de Santo Domingo”[8].
Frente al reciente bombardeo en el Chocó, el
presidente Duque insiste en defender la legitimidad de la acción, negando la
presencia de población civil y desestimando la muerte de cuatro menores de
edad. Para él se trató de “un blanco legítimo por la amenaza que representaba
para la seguridad del país”.
Su declaración fue rechazada por congresistas de
oposición, organizaciones sociales y defensores de los derechos humanos. El senador
Iván Cepeda sostuvo que las palabras del jefe de Estado justifican una posible
violación de los derechos humanos y del DIH. “El presidente Duque está
justificando crímenes de guerra, porque los menores de edad no pueden ser
objeto de acción indiscriminada, desproporcionada, sin ningún principio de
protección o precaución y sin principio de distinción por parte de las Fuerzas
Militares. […]El hecho de que el presidente haga esa justificación lo único que
ratifica es que Colombia se ha convertido en un Estado que viola de manera
masiva y sistemática los derechos humanos desde un Gobierno que los justifica
plenamente”[9].
Por su parte, María Paula Martínez, directora de la
organización Save The Children en Colombia, condenó la acción militar. “No
hay derecho ni razón para que no protejamos nuestra niñez, debe usarse el
principio de distinción en medio de la operación militar, distinguir entre
quienes son población civil y quienes no lo son”. Además, sobre el reclutamiento forzado del
que los niños fallecidos fueron posible objeto, Martínez aseguró que el delito
aumentó exponencialmente en el Chocó durante la pandemia. “Hemos visto que en
Chocó por ejemplo hay cientos de niños que aún están en manos de grupos armados
y a los que no se les ha podido garantizar sus derechos”.
También envió un mensaje a las partes en conflicto
para que reconozcan la ilegalidad del reclutamiento forzado y sus
repercusiones. “Me dirijo a las partes en conflicto en Colombia para decirles
que el reclutamiento y uso de niños y niñas en el conflicto armado está
prohibido por las normas del Derecho Internacional Humanitario, de la
Constitución Política de Colombia y por nuestro Código Penal. Es una práctica
que pone en riesgo la vida de miles de niños en este país, les quita su
infancia y la posibilidad de cumplir todos los ciclos de vida realizando
plenamente su ciudadanía y el acceso a sus derechos”, aseveró, haciendo un
llamado para proteger los derechos de los menores de edad por encima de
cualquier otro”[10].
Casi un mes después del bombardeo, la procuradora
General, Margarita Cabello, pidió al comandante de las Fuerzas Militares, el
general Luis Fernando Navarro, un informe completo sobre lo sucedido, especificando
si se produjo el fallecimiento de los menores (¿por si Medicina Legal miente?),
cómo se ejecutó el operativo y cuáles eran las edades de los niños y
adolescentes que habrían perdido la vida en esta acción militar contra el ELN.
Por su parte el ministro del Interior, Daniel
Palacios, haciendo eco a lo dicho por el jefe de Estado (los ministros están
para defender al mandatario y sus decisiones, no para cuestionarlo, aunque ello
implique desconocer la carta política) afirmó que la operación constituye un
éxito militar. Esta “operación quirúrgica y de “alta precisión” iba dirigida
contra alias ‘Fabián’, cabecilla principal del frente de guerra occidental y
miembro de la dirección nacional del ELN y contra alias ‘Carlitos’, dijo tras
exaltar la acción militar, como si fuera un rotundo hecho promocional en tiempo
preelectoral, omitiendo información crucial para el país.
Cepeda lo denunció. “El ministro no informó a la
opinión pública que dentro de los abatidos hubiese adolescentes” y por eso
pidió la intervención del Instituto Nacional de Medicina Legal que confirmó el
deceso de los menores de edad, entre los que había una pequeña de tan solo 13
años. “Nos llama la atención que esa situación no se haya puesto en
conocimiento del país”[11].
De nuevo el llamado a recapacitar y aplicar el DIH,
hecho por el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y ex jefe del Equipo
Negociador del Gobierno con las FARC-EP en los diálogos de paz de La Habana, Humberto
de la Calle Lombana, a través de su cuenta de Twitter, fue ignorado. “El DIH
busca protegernos de los estragos de la guerra. Ahora lo quieren usar como
carta blanca. Decir que los niños son máquinas de guerra, muestra una terrible
falta de empatía. Estamos cocinando un nuevo ciclo atroz. Y una oportunidad perdida
de evitarlo. ¡Recapacitemos todos!
Pero la visión humanista de Humberto De La Calle choca
contra la postura del ministro Molano, quien valora los hechos desde otra
realidad. Frente al caso del Guaviare, del que inexplicablemente salió bien parado,
aseguró que se estaba “hablando de un operativo que tenía una estructura
narcoterrorista que usa a jóvenes para convertirlos en máquinas de guerra. Los menores "dejan de ser víctimas cuando
cometen delitos, […] y "desafortunadamente, se convierten en
criminales"[12].
Más allá de opiniones e interpretaciones existe una
legislación y un deber constitucional e internacional. Kenneth Burbano
Villamarín, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre de
Colombia señaló que en esta situación hay una conjunción de ordenamientos que
se debe tener en cuenta, conforme al DIH y la Constitución de 1991. “Respecto
al DIH, si se tenía conocimiento que había menores de edad (en Colombia menores
de 18 años) no resulta legítimo realizar bombardeos dada la condición de
víctimas de reclutamiento forzado que tienen esos niños. Por tanto, primaría la
máxima precaución en la realización de esas operaciones y se habría tenido que
buscar un método que condujera a rescatar a los menores”[13].
De acuerdo con el fallo del Tribunal Superior de 2011,
para el caso Santo Domingo, a la restricción para el uso de bombas tipo clúster
o bombas racimo o de fragmentación[14],
se suma el “principio distinción, que claramente señala la necesidad de
diferenciar la población civil de los objetivos militares, tal como lo exige el
art. 13 del Protocolo II adicional de los convenios de Ginebra, parte del
bloque de constitucionalidad. “Ante la evidente presencia de personas civiles
deba suspenderse cualquier operación tipo Beta: “no debe realizarse sobre
caseríos o zonas desde (sic) donde exista población civil, aun cuando se
consideren habitados por bandoleros o cuando se presuma la presencia de
personas inocentes, mujeres y niños””[15].
Sin duda estamos ante lógicas que no encuentran punto
medio de conciliación y que exponen nociones de país y deberes de Estado
diametralmente opuestos. Sin embargo, más allá de las leyes y normas que
establecen el deber de garantizar la vida, derechos y dignidad a los menores de
edad, (de cumplimiento también moral) o de sus aparentes contradicciones como en
el DIH cuando a la vez que establece una protección especial para personas particularmente
vulnerables como los niños en los conflictos armados, también afirma que “una persona mayor de 15 años puede
ser considerado un combatiente y en consecuencia, un blanco legítimo”, pero más
allá del vacío en la literatura legal, los niños y las niñas siempre gozan de
un estatus de protección especial, tanto ante el DIH como en otros instrumentos
internacionales y nacionales.
Según el artículo 8, numeral XXVI del Estatuto de Roma,
“reclutar o alistar a niños menores de 15 años en las fuerzas armadas
nacionales o utilizarlos para participar activamente en las hostilidades” es un
crimen de guerra. El artículo 162 del Código Penal Colombiano (Ley 599 del año
2000), reconoce que el delito de reclutamiento ilícito cobija a menores de 18
años. Además, frente a la presencia de menores, como afirmó meses atrás José
Miguel Vivanco, director ejecutivo para las Américas de Human Rights Watch, se
debe determinar si los menores que se encuentran en zona de guerra participan o
no de las hostilidades, porque de no hacerlo son civiles, que podrían estar
siendo obligados o manipulados para ser parte de un conflicto que no les
pertenece.
Un bombardeo, reconocido como la máxima expresión del
uso de la fuerza de un Estado, siempre debe valorar el riesgo que representa para
la población civil, distinguir claramente entre no combatientes y combatientes,
utilizar todos los recursos a su alcance para causar el menor daño posible,
aminorar el sufrimiento, y proteger a civiles, en especial a los menores de
edad. Los seis principios básicos del DIH (humanidad, distinción, limitación,
precaución, necesidad militar y proporcionalidad), existen para regular la
actuación de las partes en conflicto, y no pueden ser desconocidos por ninguna
de ellas. No es coherente con los valores humanos, las leyes, la constitución y
los tratados internacionales que regulan la existencia de las naciones y el
ordenamiento de los Estados, que desde el alto gobierno se justifique la muerte
violenta de menores que el Estado fue incapaz de proteger, y que se busque a
toda costa evadir responsabilidades, adjudicando un carácter criminal a niños
víctimas del conflicto. Se trata de una doble victimización, o triple, si
consideramos su situación de vulnerabilidad. Abatir a un comandante guerrillero
no justifica el asesinato de menores de edad.
Si en un acto de guerra mueren ciudadanos indefensos
nunca se podrá decir -como aseguró el ministro del Interior- que se trató de un
acto legítimo ni de una “operación quirúrgica” y de “alta precisión”. Nunca se
podrá justificar desde la ética una acción cuando el resultado es una herida en
la conciencia nacional, a menos, claro está, que el objetivo fuera también la
muerte de los pequeños (máquinas de guerra o futuros terroristas como indica el
ministro Molano cuando recuerda que alias Gabino fue reclutado a los 14 años de
edad), lo que revelaría el nivel de criminalidad del gobierno y la ingente
necesidad de garantizar la acción decidida y oportuna de los tribunales de
justicia internacionales para que estos hechos no se sigan repitiendo, y condenen
al presidente y su cúpula de gobierno, como responsables de graves delitos
contra la humanidad, crímenes de guerra y por frenar la acción de la justicia e
imponer un manto de impunidad.
Cuando las nociones de país y sus leyes chocan entre
sí, llegando incluso a la contradicción, solo nos queda el deber de actuar con
humanidad defendiendo lo esencial, que es la vida en todas sus expresiones, la
justicia, la dignidad humana, los derechos humanos y la decencia administrativa.
Si un acto de guerra conlleva una injusticia nada puede justificar su
realización, ningún argumento político o idea de “seguridad” o de inteligencia
puede legitimar el horror. La precisión de un operativo no se mide en ‘bajas’, sino
en acciones capaces de salvaguardar vida, los derechos y la justicia, como
valor sagrado de una sociedad. El éxito no es la muerte; el éxito es el diálogo
constructivo, la disuasión del daño, el acuerdo generoso y transparente, la
justicia oportuna y la protección de la vida, aun en condiciones adversas.
/En próximos días el ministro de Defensa será llamado
a un debate de control político en el Congreso de la República para que rinda
explicaciones por este operativo en el Chocó. Pero no hay que hacerse ilusiones;
aún prevalece la lógica de la muerte sobre el deber de la vida en este gobierno
y en la mayoría del parlamento. Sin embargo, aunque el resultado sea adverso
para las víctimas y la justicia, que se cite es importante.
//El Estado tiene
el deber de reparar a las personas, familias, comunidades y colectivos
afectados por sus actos de guerra y ausencia de garantías para proteger a sus
niños y niñas tanto de la criminal práctica del reclutamiento forzado como de
los bombardeos y ametrallamientos. ¿La familia indígena de la niña mutilada y
muerta a causa de un bombardeo de las fuerzas militares de Colombia en 2018 fue
reparada? ¿Las familias de los menores muertos en Guaviare y en Chocó ya fueron
reconocidas y reparadas? Ningún bombardeo que mata niñas y niños es legítimo.
[1] Para acceder a cifras
actualizadas ir a:
http://www.indepaz.org.co/wp-content/uploads/2021/06/3.-INFORME-VIOLENCIAS-EN-EL-MARCO-DEL-PARO-NACIONAL-2021.pdf
[2] “La Fuerza Aérea usa el
código Beta para los bombardeos, operaciones planeadas en las que los aviones
más usados son los Tucano. Estos cuentan con 2 ametralladoras calibre 0,50 y 5
puntos bajo las alas con capacidad para llevar 3.300 libras en bombas y
cohetes. […]Para dar luz verde a los bombardeos se hace un examen sobre los
riesgos de daño colateral y se verifica con inteligencia que el objetivo esté
en el sitio. […] También se usa el código Alfa Charlie, que significa vía libre
para ametrallamiento o lanzamiento de cohetes, que se hacen desde aviones y
desde los helicópteros Arpía, en su versión repotenciada. Usan proveedores de
2.000 balas”. En El Tiempo; “Claves de los bombardeos
contra grupos criminales”. Bogotá, 9 de mayo de 2016.
Ver:
https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-16587154
[3] Las operaciones tipo
‘alfa’ se caracterizan por ser operaciones tácticas únicamente de
ametrallamiento y uso de cohetes, al igual que las operaciones de tipo Charlie
que hacen referencia a operaciones con utilización de cohetes sobre las zonas
que determine el Comando de las Unidades Aéreas. Se podría e tender como otra
forma de acción aérea de guerra contra un blanco específico.
[4] Vanguardia; “Falleció niña
indígena herida en bombardeo contra el ELN en el Chocó”. Bucaramanga, 7 de
febrero de 2018. Ver en: https://www.vanguardia.com/colombia/fallecio-nina-indigena-herida-en-bombardeo-contra-el-eln-en-el-choco-KDVL423832
[5] El Tiempo; “Qué dicen
expertos en DIH sobre bombardeo a campamento en el Guaviare”. Bogotá, 11 de
marzo de 2021. Sección Justicia. Ver en: https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/es-legal-bombardear-campamentos-en-los-que-hay-menores-de-edad-572478
[6] El Tiempo; “Claves de los
bombardeos contra grupos criminales”. Bogotá, 9 de mayo de 2016. Ver:
https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-16587154
[7] Corte Interamericana de
Derechos Humanos. Caso Masacre de Santo Domingo Vs. Colombia. Caso 12.416.
Presentado por los Representantes de las víctimas y sus familiares: Rafael
Barrios Mendivil. Jomary Ortegón Osorio y Nicolás Escandón Henao. Corporación Colectivo De Abogados José Alvear
Restrepo. Noviembre de 2011. Ver:
https://corteidh.or.cr/docs/casos/santodomingo/esap.pdf. Wikipedia:
[8] El Espectador; “Corte
Interamericana condena a Colombia por masacre de Santo Domingo”. Sección
Judicial. Bogotá, 18 de diciembre de 2021. Ver en:
https://www.elespectador.com/judicial/corte-interamericana-condena-a-colombia-por-masacre-de-santo-domingo-article-393158/
[9] La F.M Radio; “El
presidente Duque está justificando crímenes de guerra": Iván Cepeda”. Bogotá,
8 de octubre de 2021. Ver en:
https://www.lafm.com.co/politica/el-presidente-duque-esta-justificando-crimenes-de-guerra-ivan-cepeda
[10] Infobae; “Save The
Children rechazó el bombardeo contra alias ‘Fabián’ que dejó cuatro menores
muertos en el Chocó”. Bogotá, octubre 8 de 2021.
Ver
en:
https://www.infobae.com/america/colombia/2021/10/08/save-the-children-rechazo-el-bombardeo-contra-alias-fabian-que-dejo-cuatro-menores-muertos-en-el-choco/
[11] Ídem.,
[12] BBC; “"Máquinas de
guerra": la polémica en Colombia por la justificación del gobierno de un
bombardeo a la guerrilla en el que murió al menos una menor”. Redacción
Noticias América Latina. Londres, 11 de marzo de 2021. Ver en:
https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-56261428
[13] El Tiempo; Op. Cit,.
Bogotá, 11 de marzo de 2021.
[14] “Las bombas tipo clúster
son las llamadas igualmente bombas racimo o de fragmentación que consisten en
“Proyectiles con cartuchos metálicos de caída libre o dirigida que contienen
cientos de pequeñas submuniciones explosivas – cada unidad mide unos 10 cms. -,
también llamadas bombetas, que se lanzan desde el aire (puede contener hasta
664 unidades) o desde piezas de artillería (hasta 60) que, en teoría, están
diseñadas para explosionar, al impactar sobre el terreno o con un objeto o tras
un lapso de tiempo prefijado, con el fin de inutilizar amplias zonas de terreno
mediante la dispersión de dichos artefactos” (Jar, 2010, p. 1). Citado en: “El
riesgo permitido en las operaciones tipo beta desarrolladas por la fuerza aérea
colombiana en el marco del conflicto armado interno en Colombia”. Por José
Mauricio Lara Ángel. Pág 80.
[15] Ídem, Tribunal
Superior de Bogotá, 2011, p. 51.
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